Sentencia Civil Nº 837/2010, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec ...de Diciembre de 2010
Sentencia Civil Nº 837/20...re de 2010

Última revisión
09/12/2010

Sentencia Civil Nº 837/2010, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 30/2008 de 09 de Diciembre de 2010

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Orden: Civil

Fecha: 09 de Diciembre de 2010

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GARCIA VARELA, ROMAN

Nº de sentencia: 837/2010

Nº de recurso: 30/2008

Núm. Cendoj: 28079110012010100800

Resumen
Se desestima la demanda sobre error Judicial respecto de Providencia y Auto del Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Zaragoza , en procedimiento de ejecución de título judicial. La Sala declara que habiendo comenzado a correr el plazo de tres meses el 11 de julio de 2008, día siguiente a la notificación a la demandante del Auto de la Audiencia Provincial que estimaba el recurso de apelación presentado, contra el que no cabía ya recurso alguno, resulta que el 6 de noviembre siguiente, que es cuando se presenta la demanda de error judicial en el Registro del Tribunal Supremo, el referido plazo de tres meses había transcurrido. Tal dilación probablemente obedece a la errónea consideración de que, al ser inhábiles los días del mes de agosto, deberían estos ser excluidos en su totalidad del cómputo del plazo que nos ocupa. Sin embargo, de lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se desprende que tal exclusión resulta improcedente, pues no se está ante un plazo señalado por días, al que sería de aplicación lo prevenido en el apartado 2 del precepto, sino por meses, y subsumible, por tanto, en su apartado 3, en el que claramente se establece que los plazos de la clase del que se concede para la presente acción habrán de computarse de fecha a fecha.

Voces

Error judicial

Declaración de error judicial

Ejecución provisional de la sentencia

Ejecución provisional

Plazo señalado por días

Días inhábiles