Sentencia Civil Nº 156, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 463 de 29 de Marzo de 2001
Sentencia Civil Nº 156, A...zo de 2001

Sentencia Civil Nº 156, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 463 de 29 de Marzo de 2001

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Orden: Civil

Fecha: 29 de Marzo de 2001

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: JUDEL PRIETO, ANGEL MARIA

Nº de sentencia: 156

Nº de recurso: 463

Resumen
Abierta la sucesión el 19 de febrero de 1983, se rige por el tenor de la redacción ahora vigente, lo que implica una actualización al valor real y actual y no al correspondiente al 14 de septiembre de 1974. En lo demás, las expresiones " como legado o mejora en su caso" y " en concepto de legado o mejora, en su caso", en vez de significar excepción a la regla ex artículo 1035 y por aplicación del derecho dispositivo enmarcado en el artículo 1036, lo que hacen es ratificar la imputación de las fincas en la determinación de las legítimas al no existir dispensa sino, por el contrario, mención a uno de los dos tercios (artículo 808) o a institución abarcada por el artículo 819 del Código Civil. 5-VII-1994) recuerda que las divergencias inventariales pueden suscitarse y resolverse sin necesidad de plantear incidentes procesales relativos a la inclusión o exclusión de bienes, los que se han venido tolerando sin cobertura legal y al margen de la supresión de dilaciones inútiles que pretendio el legislador de 1881. Así, "el cauce adecuado para excluir bienes del juicio de testamentaría es el juicio declarativo correspondiente", el que "colateralmente y sin paralizar la testamentaría servirá para decidir la cuestión dando lugar en su día o a partición complementaria de bienes (art. 1079 C.C.) o a la rectificación correspondiente a la exclusión de bienes". Se desestima el recurso.

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