Sentencia Civil Nº 135/2004, Audiencia Provincial de Murcia, Sección 5, Rec 112/...e 10 de Mayo de 2004
Sentencia Civil Nº 135/20...yo de 2004

Última revisión
10/05/2004

Sentencia Civil Nº 135/2004, Audiencia Provincial de Murcia, Sección 5, Rec 112/2004 de 10 de Mayo de 2004

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Orden: Civil

Fecha: 10 de Mayo de 2004

Tribunal: AP - Murcia

Ponente: NICOLAS MANZANARES, JOSE MANUEL

Nº de sentencia: 135/2004

Nº de recurso: 112/2004

Núm. Cendoj: 30030370052004100293

Núm. Ecli: ES:APMU:2004:1233

Núm. Roj: SAP MU 1233/2004

Resumen
La Audiencia Provincial de Murcia estima el recurso de apelación del demandado sobre retracto de comuneros; la Sala recuerda que es reiterada la jurisprudencia del Tribunal Supremo que en las transmisiones de bienes inmuebles, operadas a través de un contrato de compraventa, el instante en que se produce la adquisición de lo comprado no se identifica con el del perfeccionamiento del contrato a que se refiere el art.1450 en relación con los arts.1254, 1258 y 1278 del Código Civil, porque tal base contractual únicamente confiere al comprador un ius in rem sobre la cosa objeto de la estipulación y una acción meramente personal para reclamar su entrega, sino con el de su consumación mediante la tradición que exigen los arts.609 y 1095 (SS de 15 de junio de 1900, 8 de marzo de 1901, 5 de junio de 1945 y 31 de octubre de 1951); en el presente caso, la Sala señala que el plazo de caducidad de la acción de retracto de 9 días establecido en el artículo 1.524 del Código Civil se inicia cuando la venta está consumada, no sólo por el pago total o parcial del precio, sino fundamentalmente por la entrega real o simbólica de la cosa; en virtud de lo anterior, la Sala establece que el retracto sólo procede en cuanto al veinticinco por ciento de las fincas objeto de la escritura pública de compraventa de fecha 10 de septiembre de 2002, ya que sólo respecto de esas puede entenderse consumada la compraventa, y, en segundo lugar, que el cómputo de los nueve días citado ha de hacerse desde la fecha de la inscripción de la compraventa en el Registro de la Propiedad, por lo que la acción no habría caducado; respecto a la segunda de las demandas por las fincas no incluidas en la escritura pública reseñada, la Sala estima que la acción estaba caducada y no entiende que hubiera habido simulación contractual, por lo que la demanda no debe prosperar.

Voces

Retracto

Acción de retracto

Retrayente

Contrato privado

Documento privado

Perfeccionamiento del contrato

Registro de la Propiedad

Plazo de caducidad

Tradición

Fraude de ley

Retracto de comuneros

Representación procesal

Participación indivisa

Inscripción registral

Acción de nulidad

Bienes inmuebles

Contrato de compraventa

Pleno dominio

Cumplimiento del contrato

Objeto del contrato

Entrega de la cosa

Transmisión del dominio

Modalidades de pago

Actio nata

Consumación del contrato

Aparcería

Presunción iuris et de iure

Derecho de retracto

Voluntad de las partes

Copropietario

Arrendamientos rústicos

Retracto legal

Precio de venta

Caducidad de la acción

Contrato simulado