Sentencia Civil Nº 142, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 941 de 15 de Marzo de 2000
Sentencia Civil Nº 142, A...zo de 2000

Última revisión
15/03/2000

Sentencia Civil Nº 142, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 941 de 15 de Marzo de 2000

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Orden: Civil

Fecha: 15 de Marzo de 2000

Tribunal: AP - Ourense

Ponente: CARVAJALES SANTA-EUFEMIA, ABEL

Nº de sentencia: 142

Nº de recurso: 941

Resumen
El excesivo rigor en la aplicación literal del expresado requisito formal del art. 9 de la Ley Cambiaria y del Cheque, puede llegar a crear situaciones de auténtica injusticia material y contradictorias con la estructura jurídica de la letra de cambio. Desde su inicial momento las cambiales se giran contra la persona que ostenta la condición de librado o deudor, si la acepta, de la relación cambiaria. Y si la repetida Ley Cambiaria en sus arts. La estimación de la nulidad del juicio, al no apreciarse temeridad, conlleva el que cada parte abonará las costas causadas a su instancia (art. 1.474.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) sin que proceda especial imposición de las ocasionadas en la alzada (art. 1.475 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).    

Voces

Letra de cambio

Sociedad anónima laboral

Cheque

Juicio ejecutivo

Persona física

Relación jurídica

Intereses legales

Interés legal del dinero

Cajas de ahorros

Cuenta corriente

Mandato

Responsabilidad personal

Aval en letra de cambio

Buena fe