Sentencia Civil Nº 191/2006, Audiencia Provincial de Badajoz, Sección 2, Rec 327...e 12 de Mayo de 2006
Sentencia Civil Nº 191/20...yo de 2006

Última revisión
12/05/2006

Sentencia Civil Nº 191/2006, Audiencia Provincial de Badajoz, Sección 2, Rec 327/2006 de 12 de Mayo de 2006

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Orden: Civil

Fecha: 12 de Mayo de 2006

Tribunal: AP - Badajoz

Ponente: SANCHEZ UGENA, ISIDORO

Nº de sentencia: 191/2006

Nº de recurso: 327/2006

Núm. Cendoj: 06015370022006100150

Núm. Ecli: ES:APBA:2006:427

Resumen
La Audiencia Provincial de Badajoz estima parcialmente el recurso de apelación sobre desahucio; la Sala señala que el art.17.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos es contundente y no debe admitir una interpretación diferente que la del propio texto legal, añadiendo la Sala que si dice que salvo pacto en contrario el pago será mensual y habrá de efectuarse a los siete primeros días del mes no cabe hablar de cosa diferente, concluyendo la Sala que aunque es cierto que una demora en el pago de la renta de 13 días objetivamente puede no tener importancia , o demasiada importancia, está fuera del plazo legalmente establecido y existen razones de seguridad jurídica que impiden que pueda permitirse; respecto a los gastos de comunidad, la Sala señala que el pacto mediante el que el arrendatario asume el pago de los gastos de comunidad ha de constar por escrito y determinar el importe anual de los indicados gastos, añadiendo la Sala que tal cosa no acontece en el supuesto de autos.

Voces

Arrendatario

Seguridad jurídica

Arrendamientos urbanos

Pago de rentas

Desahucio

Transferencia bancaria

Pago extemporáneo

Obligación contractual

Impago de rentas

Arrendador