Sentencia Civil Nº 24/2006, Audiencia Provincial de Cadiz, Sección 1, Rec 13/200...7 de Febrero de 2006
Última revisión
Sentencia Civil Nº 24/2006, Audiencia Provincial de Cadiz, Sección 1, Rec 13/2006 de 17 de Febrero de 2006
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 17 de Febrero de 2006
Tribunal: AP - Cadiz
Ponente: RODRIGUEZ DE SANABRIA MESA, FERNANDO FRANCISCO
Nº de sentencia: 24/2006
Nº de recurso: 13/2006
Núm. Cendoj: 11012370012006100017
Núm. Ecli: ES:APCA:2006:158
Resumen
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de El Puerto de Santa María, sobre declaración de nulidad de junta general ordinaria de una sociedad anónima. La distinción entre junta ordinaria y la extraordinaria no radica, como norma general, en el asunto a tratar, sino en la periodicidad de la misma, y ello con algunas excepciones. La junta ordinaria es aquella que necesariamente debe celebrarse dentro de los seis primeros meses del ejercicio para censurar la gestión social, aprobar en su caso las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado, mientras que será extraordinaria cualquier otra junta.
Voces
Juntas ordinarias
Junta general ordinaria
Junta general extraordinaria
Tipos de juntas
Cuentas anuales
Juntas extraordinarias
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