Sentencia Civil Nº 351/2007, Audiencia Provincial de Salamanca, Sección 1, Rec 4...5 de Octubre de 2007
Sentencia Civil Nº 351/20...re de 2007

Última revisión
25/10/2007

Sentencia Civil Nº 351/2007, Audiencia Provincial de Salamanca, Sección 1, Rec 407/2007 de 25 de Octubre de 2007

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Orden: Civil

Fecha: 25 de Octubre de 2007

Tribunal: AP - Salamanca

Ponente: VEGA BRAVO, JOSE ANTONIO

Nº de sentencia: 351/2007

Nº de recurso: 407/2007

Núm. Cendoj: 37274370012007100580

Núm. Ecli: ES:APSA:2007:580

Resumen
Se desestima recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Salamanca, en materia de reclamación de cantidad derivada de acción de división de la cosa común. Los juicios de división de cosa común, partición y rendición de cuentas, producen efecto de cosa juzgada material, siempre que lo allí resuelto aparezca como antecedente lógico de la reclamación y los litigantes en ambos procesos sean los mismos. Están legitmados para el ejercicio de la acción los herederos únicos y universales de la cotitular del negocio. El silencio produce efectos como manifestación de voluntad, sólo cuando por disposición legal ineludible exista una obligación de responder o actuar que voluntariamente sea desoída, en otro caso la renuncia a un derecho ha de ser expresa, indubitada e inequívoca para que produzca efecto.

Voces

Heredero universal

Error de derecho

División de cosa común

Subrogación

Mortis causa

Proceso de ejecución

Plazo de prescripción

Acción de división de cosa común

Reclamación de cantidad