Sentencia CIVIL Nº 489/2017, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec ...e Septiembre de 2017
Sentencia CIVIL Nº 489/20...re de 2017

Última revisión
28/09/2017

Sentencia CIVIL Nº 489/2017, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 155/2015 de 12 de Septiembre de 2017

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Orden: Civil

Fecha: 12 de Septiembre de 2017

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: SANCHO GARGALLO, IGNACIO

Nº de sentencia: 489/2017

Nº de recurso: 155/2015

Núm. Cendoj: 28079110012017100467

Núm. Ecli: ES:TS:2017:3271

Núm. Roj: STS 3271:2017

Resumen
Se reitera la jurisprudencia según la cual, las reglas de pago contenidas en el art. 176 bis.2 LC, en concreto el orden de prelación, se aplican necesariamente desde la reseñada comunicación de insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa, y afecta, en principio, a todos los créditos contra la masa pendientes de pago. Aunque resulte de aplicación el orden de prelación del art. 84.3 LC, puede haber gastos pre-deducibles cuyo pago no tiene porqué respetar la preferencia de otros créditos de vencimiento anterior.

Voces

Crédito contra la masa

Administración concursal

Sociedad de responsabilidad limitada

Pago de los créditos

Arrendamiento financiero

Electricidad

Prelación de créditos

Concurso de acreedores

Minuta

Incidente concursal

Seguro de responsabilidad civil

Suministro de electricidad

Reclamación de cantidad

Procedimiento concursal

Provisión de fondos

Cuentas anuales

Crédito salarial

Llevanza de la contabilidad

Suministro de agua

Contrato de seguro

Juez del concurso