Sentencia Civil Nº 495/2003, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Rec 2983/1997 de 22 de Mayo de 2003
Última revisión
Sentencia Civil Nº 495/2003, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Rec 2983/1997 de 22 de Mayo de 2003
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 22 de Mayo de 2003
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: ORTEGA TORRES, TEOFILO
Nº de sentencia: 495/2003
Nº de recurso: 2983/1997
Núm. Cendoj: 28079110002003100483
Resumen
Se desprende que cuando el actor presentó la demanda, la entidad demandada no podía ser compelida al pago, y ello, pese a las alegaciones de la parte apelante, no puede subsanarse mediante una simple integración del suplico de la
demanda añadiendo la fecha en la que sí podía hacerse efectivo el mismo, pues efectuar una condena de futuro -en su momento-, sin conocer las vicisitudes que en tal momento pudieran concurrir, excede con mucho, de la mera aplicación del principio de congruencia.
Voces
Sociedad de responsabilidad limitada
Cajas de ahorros
Práctica de la prueba
Intereses devengados
Saldo acreedor
Intereses legales
Interés legal del dinero
Prueba pericial
Indefensión
Derecho a la tutela judicial efectiva
Causa petendi
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