Sentencia CIVIL Nº 542/2017, Juzgados de lo Mercantil - Sevilla, Sección 2, Rec ...de Noviembre de 2017
Sentencia CIVIL Nº 542/20...re de 2017

Última revisión
21/12/2017

Sentencia CIVIL Nº 542/2017, Juzgados de lo Mercantil - Sevilla, Sección 2, Rec 666/2017 de 06 de Noviembre de 2017

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Civil

Fecha: 06 de Noviembre de 2017

Tribunal: Juzgados de lo Mercantil - Sevilla

Ponente: MARQUEZ RUBIO, PEDRO

Nº de sentencia: 542/2017

Nº de recurso: 666/2017

Núm. Cendoj: 41091470022017100002

Núm. Ecli: ES:JMSE:2017:772

Núm. Roj: SJM SE 772:2017

Resumen
Delimitación de la naturaleza de la intervención del coadyuvante del demandante (artículo 193 de la Ley Concursal). Diferencia con el acreedor coadyuvante en sede de calificación. Posibilidad de formular pretensiones diferentes que las del demandante principal. 2.- Solo los créditos concursales pueden determinar el incumplimiento del convenio. El impago de créditos contra la masa solo puede determinar la apertura de la fase de liquidación durante el cumplimiento del convenio si se acredita alguno de los hechos previstos en el artículo 2.4 de la Ley Concursal.

Voces

Coadyuvante

Representación procesal

Administración concursal

Relación jurídica

Deudas del concursado

Crédito ordinario

Declaración de concurso

Reclamación extrajudicial

Incidente concursal

Crédito contra la masa

Crédito concursal

Fecha de la declaración de concurso

Cumplimiento de las obligaciones

Notificación de la sentencia

Cuentas bancarias

Defectos de los actos procesales

Fondo del asunto

Interés legal del dinero

Deudor solidario

Preterición

Intereses legales

Calificación culpable

Calificación del concurso

Tutela

Reconvención

Contrato de arrendamiento

Rentas vencidas

Crédito contingente

Litispendencia

Contrato de agencia

Crédito subordinado

Demanda reconvencional

Carga de la prueba

Acreedor ordinario

Mandato