Sentencia CIVIL Nº 556/2017, Juzgados de lo Mercantil - Sevilla, Sección 2, Rec ...de Noviembre de 2017
Sentencia CIVIL Nº 556/20...re de 2017

Última revisión
21/12/2017

Sentencia CIVIL Nº 556/2017, Juzgados de lo Mercantil - Sevilla, Sección 2, Rec 516/2017 de 08 de Noviembre de 2017

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Orden: Civil

Fecha: 08 de Noviembre de 2017

Tribunal: Juzgados de lo Mercantil - Sevilla

Ponente: MARQUEZ RUBIO, PEDRO

Nº de sentencia: 556/2017

Nº de recurso: 516/2017

Núm. Cendoj: 41091470022017100003

Núm. Ecli: ES:JMSE:2017:773

Núm. Roj: SJM SE 773:2017

Resumen
Se analiza si el pago por tercero al amparo del artículo 1158 Código Civil es un acto con finalidad análoga a la del préstamo a los efectos de considerar el crédito nacido frente al concursado ha de subordinarse según el artículo 92.5 de la Ley Concursal. Es decir, se discute si los pagos realizados por un tercero ajeno a la relación jurídica entre los contratantes (en este caso sin oposición expresa del acreedor), tiene una finalidad análoga a la concesión de un préstamo por parte del tercero que paga al contratante por cuenta de quien realiza dicho pago.

Voces

Administración concursal

Lista de acreedores

Informe de la administración concursal

Capital social

Relación jurídica

Prestamista

Prestatario

Riesgo empresarial

Derecho Concursal

Fiador

Crédito subordinado

Persona jurídica

Responsabilidad contractual

Mandato