Sentencia Civil Nº 61/2006, Audiencia Provincial de Cadiz, Sección 2, Rec 133/2006 de 20 de Junio de 2006
Sentencia Civil Nº 61/200...io de 2006

Última revisión
20/06/2006

Sentencia Civil Nº 61/2006, Audiencia Provincial de Cadiz, Sección 2, Rec 133/2006 de 20 de Junio de 2006

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Orden: Civil

Fecha: 20 de Junio de 2006

Tribunal: AP - Cadiz

Ponente: MARIN FERNANDEZ, ANTONIO

Nº de sentencia: 61/2006

Nº de recurso: 133/2006

Núm. Cendoj: 11012370022006100097

Núm. Ecli: ES:APCA:2006:809

Resumen
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Cádiz, sobre contrato de compraventa de muebles.Considera la Sala que la limitación absoluta de responsabilidad por la calidad y efectiva prestación del servicio que se financiaba a través del contrato litigioso, supone una abierta vulneración de la buena fe y equilibrio en las contraprestaciones que reclamaba para las citadas condiciones generales el art. 10.1.c de la Ley de 1984. Justamente por sucesos similares al de autos, pero de mucha más grave repercusión social, el legislador ha obviado para la prestación de servicios de tracto sucesivo y prestación continuada, la exigencia de la exclusividad en la financiación, siendo suficiente que existiera un mero acuerdo entre financiador y prestador de los servicios para que éste ofertara a sus clientes la financiación que aquél estaba dispuesto a prestar. Bajo tales condiciones, el consumidor puede oponer con éxito a la entidad financiera las excepciones que naturalmente le corresponderían ejercitar frente al prestador de servicios.

Voces

Proveedores

Compraventa a plazos

Bienes muebles

Relación contractual

Buena fe

Exoneración de la responsabilidad

Contraprestación

Prestamista

Prestatario

Tracto sucesivo

Contrato de préstamo

Préstamo mercantil

Defensa de consumidores y usuarios

Pacto de exclusiva

Entidades financieras

Contrato de compraventa