Sentencia Civil Nº 71/2007, Audiencia Provincial de Leon, Sección 2, Rec 368/2006 de 09 de Marzo de 2007
Sentencia Civil Nº 71/200...zo de 2007

Última revisión
09/03/2007

Sentencia Civil Nº 71/2007, Audiencia Provincial de Leon, Sección 2, Rec 368/2006 de 09 de Marzo de 2007

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Orden: Civil

Fecha: 09 de Marzo de 2007

Tribunal: AP - Leon

Ponente: PEÑIN DE PALACIO, MANUEL ANGEL

Nº de sentencia: 71/2007

Nº de recurso: 368/2006

Núm. Cendoj: 24089370022007100117

Resumen
Se estima el recurso de apelación contra la sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° 3 de León, sobre acción negatoria de servidumbre de luces y vistas. Se ejercita la acción, pretendiendo el cierre de un hueco que aparece abierto en una pared lindante con un patio de la comunidad actora. La sentencia de instancia se limita a recoger las alegaciones de la entidad demandada, considerando que no existe servidumbre alguna. El recurso que contra la sentencia interpone la Comunidad de Propietarios, tiene forzosamente que ser estimado, pues la ley, señala que el dueño de una pared no medianera contigua a finca ajena, puede abrir en ella ventanas o huecos para recibir luces a la altura de las carreras, o inmediatas a los techos, y de las dimensiones de 30 cms. De dicho precepto se desprende con toda evidencia que si el hueco se abre en pared propia, sobre fundo ajeno, cual ocurre según reconocen ambos litigantes en el caso de autos, sin observar esas normas de construcción, el propietario del fundo contiguo tiene acción para exigir su inmediato cierre o su adaptación a esas medidas y normas al haber nacido una servidumbre al que se trata de poner fin. Ello es lo que sucede simplemente en el presente caso. De tal manera que mientras dicha servidumbre, continua y aparente, no se haya adquirido por prescripción de 20 años o en virtud de título, el dueño del predio contiguo tiene derecho a exigir el cierre del hueco que constituye la misma.

Voces

Servidumbre

Acción negatoria de servidumbre

Servidumbre de luces y vistas

Comunidad de propietarios

Humos

Predio

Prescripción de veinte años

Servidumbre negativa

Dueño del predio dominante

Plazo de prescripción

Predio dominante

Acción negatoria

Apertura de huecos

Arquitecto técnico