Sentencia Civil Nº 724/2011, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec ...4 de Octubre de 2011
Última revisión
Sentencia Civil Nº 724/2011, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 1396/2008 de 24 de Octubre de 2011
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 24 de Octubre de 2011
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: FERRANDIZ GABRIEL, JOSE RAMON
Nº de sentencia: 724/2011
Nº de recurso: 1396/2008
Núm. Cendoj: 28079110012011100710
Núm. Ecli: ES:TS:2011:7016
Resumen
QUIEBRA.- Retroacción de sus efectos: necesidad de perjuicio a la masa activa para la aplicación del artículo 878, párrafo segundo, del Código de Comercio..- Venta perfeccionada durante el periodo de retroacción.- Se estima el recurso extraordinario por infracción procesal, y se desestima el recurso de casación, interpuestos ambos contra Sentencia desestimatoria de la Audiencia Provincial de Madrid, (Sección Decimocuarta), por el Síndico de la quiebra, sobre solicitud de declaración de nulidad de venta de un inmueble realizada durante el periodo de retroacción de la quiebra.La Sala declara que el demandante interpuso la demanda en el desempeño de su condición institucional de síndico de la quiebra -artículo 1366 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 -, por lo que tenía legitimación activa.Conclusión favorable que se reafirma a la vista de que, según el convenio alcanzado por la quebrada y sus acreedores, el demandante debía continuar en el desempeño de sus funciones hasta tanto no fuera sustituido por la comisión de acreedores designada - sustitución que no consta producida -.Y sobre el fondo del asunto, la Sala declara que la declaración de ineficacia sobrevenida, alcanza a los actos de disposición, sólo en la medida en que puedan perjudicar a los acreedores en la satisfacción colectiva de sus créditos.El mencionado perjuicio fue negado en las dos instancias. El Tribunal de apelación tuvo en cuenta, al hacerlo, que los fundadores de la sociedad compradora eran titulares de créditos laborales contra la vendedora, así como que el inmueble vendido estaba gravado con hipoteca en garantía del pago de la mitad de su valor y, por lo tanto, expuesta a ser subastada en un proceso de ejecución hipotecaria y que el precio pactado, sustancialmente coincidente con el de mercado, era razonablemente superior al que podría haberse obtenido en el proceso de ejecución universal.El recurrente , en apoyo del motivo, alega datos fácticos incompatibles con los declarados probados en la instancia, con lo que incurre en el defecto de hacer supuesto de la cuestión, y aporta valoraciones jurídicas que no desvirtúan las razonables que dan soporte a la decisión recurrida.
Voces
Quiebra
Legitimación activa
Contrato de compraventa
Acción declarativa
Bienes inmuebles
Sociedad de responsabilidad limitada
Masa activa concursal
Objeto del contrato
Interés legitimo
Litispendencia
Proceso de ejecución
Hipoteca
Ejecución hipotecaria
Declaración de concurso
Tutela
Cuestiones de fondo
Fondo del asunto
Acto de disposición
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