Sentencia Civil Nº 813/95, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 22... 26 de Julio de 1995
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Sentencia Civil Nº 813/95, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 2279/1990 de 26 de Julio de 1995
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 26 de Julio de 1995
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GONZALEZ POVEDA, PEDRO
Nº de sentencia: 813/95
Nº de recurso: 2279/1990
Núm. Cendoj: 28079110011995101696
Núm. Ecli: ES:TS:1995:4445
Resumen
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre error judicial; a juicio de la Sala el error judicial "es definido como aquel error cometido en una resolución que ha adquirido firmeza, al ser insubsanable dentro del proceso por la vía del recurso" (sentencia de 14 de diciembre de 1993), recordando la Sala que "el art.293, apartado f) de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina que no procederá la declaración de error mientras no se hubieren agotado previamente los recursos previstos en el ordenamiento" (sentencia de 14 de marzo de 1994), lo que no ocurre en el presente caso;, la Sala señala que, en el presente caso, está acreditado que el auto por el que se decretó el embargo preventivo de los bienes del hoy actor al que se imputa el error no devino firme.
Voces
Embargo preventivo
Error judicial
Representación procesal
Reclamación de cantidad
Tutela
Aval bancario
Aval
Mandato
Derecho a la tutela judicial efectiva
Daños y perjuicios
Acuerdo transaccional
Apartación
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