Sentencia Civil Nº 829/2003, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Rec 4751/1999 d...e Septiembre de 2003
Última revisión
Sentencia Civil Nº 829/2003, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Rec 4751/1999 de 15 de Septiembre de 2003
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 15 de Septiembre de 2003
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GULLON BALLESTEROS, ANTONIO
Nº de sentencia: 829/2003
Nº de recurso: 4751/1999
Núm. Cendoj: 28079110002003101509
Resumen
Se estima por el TS el rec. de casación interpuesto por el actor sobre nulidad de Real Carta de Sucesión de título nobiliario.
El actor sostiene su preferencia para suceder en el título nobiliario por aplicación del principio de preferencia de la masculinidad, tradicional en el derecho histórico frente a la tesis de su hermana, demandada-recurrida, que lo niega en base a los principios de igualdad y no discriminación por razón de sexo recogidos en el art. 14 de la Constitución. EL debate es la vigencia o no de la preferencia del varón sobre la hembra, tradicional en la sucesión regular de
los títulos nobiliarios, una vez vigente la Constitución. Ello ha sido resuelto por el Tribunal Constitucional en la sentencia 126/97, de 3 de julio, declarando que la sucesión según el derecho tradicional en los títulos nobiliarios, que da preferencia al varón sobre la hembra, no es inconstitucional. La sentencia del Juzgado de 1ª Instancia aplicó por ello correctamente la doctrina del TC. Pero la sentencia de la Audiencia no se ajusta a la doctrina citada. La citada sentencia 126/97 no declaró que el principio cuestionado se podía aplicar o no según las circunstancias, ni consideró el carácter dispositivo o imperativo de las reglas por las que históricamente se ha regido la sucesión en los títulos nobiliarios. Toda sucesión nobiliaria se presume regular, debiendo ser expresa la cláusula de irregularidad. Ni se ha discutido que en la concesión del título discutido se fijase un orden de suceder diferente y propio del regular, por lo que no son relevantes las discusiones para revocar la sentencia apelada y fallar en favor de la hermana del actor, deduciendo una hipotética cláusula de irregularidad en la sucesión, que no se ha probado. Según art. 1.214 Código civil, sería la demandada la que debería probar la irregularidad, que permitiría la sucesión en su favor en lugar de su hermano. Nada de esto ha hecho, sólo cuestionar la vigencia del principio de la masculinidad en el orden de suceder regular.
Voces
Orden sucesorio
Discriminación por razón de sexo
Carga de la prueba
Anulación de la sentencia
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