Sentencia Civil Nº 952/1995, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec ...de Noviembre de 1995
Sentencia Civil Nº 952/19...re de 1995

Última revisión
08/11/1995

Sentencia Civil Nº 952/1995, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 1280/1992 de 08 de Noviembre de 1995

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Orden: Civil

Fecha: 08 de Noviembre de 1995

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: BURGOS PEREZ DE ANDRADE, GUMERSINDO

Nº de sentencia: 952/1995

Nº de recurso: 1280/1992

Núm. Cendoj: 28079110011995101961

Núm. Ecli: ES:TS:1995:5609

Resumen
El Tribunal Supremo estima el recurso de casación del demandado sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que el contrato de compraventa sobre el que se articula la demanda no es otra cosa que la venta que hace una persona jurídica de una parte de sus activos comerciales, a otra persona jurídica, en cuyo contrato actúa a titulo personal como fiador solidario del comprador el recurrente; la Sala señala que el precio de la venta pertenece al patrimonio de la persona del vendedor, y ningún accionista de la sociedad vendedora está autorizado, ni legitimado, para reclamar su importe, por muy mayoritaria que sea su participación accionarial, añadiendo la Sala que si la sociedad vendedora transmite sus acciones a terceros, los nuevos socios tendrán derecho a participar en el reparto del patrimonio - en el que se integra el crédito que representa el precio aplazado y no cobrado de la compraventa- una vez disuelta y liquidada la sociedad; la Sala concluye que el recurrido cobró el precio de la transmisión de las acciones de la sociedad de las que era titular, y se separó de la misma careciendo de derecho alguno a reclamar el resto del precio de la venta de unos activos comerciales, que pertenecían al capital social, y que fueron vendidos por la sociedad, su titular, antes de que él se separara de la misma, añadiendo la Sala que el recurrido no puede exigir a la persona que afianzó tal operación de venta -recurrente-, que le satisfaga la parte del precio que el vendedor adeuda al comprador, ya que el demandante en esta litis es totalmente extraño a la relación contractual afianzada.

Voces

Persona jurídica

Contrato de compraventa

Capital social

Accionista

Fiador

Representación legal

Error en la valoración de la prueba

Avalista

Letra de cambio

Deudas sociales

Subrogación

Libertad de pactos

Precontrato

Registro Mercantil

Transmisión de acciones

Escritura de constitución

Documento privado

Capacidad de obrar

Patrimonio social

Persona física

Bienes muebles

Contenido de la demanda

Valor real

Valor nominal

Relación contractual

Reclamación de cantidad

Anulación de la sentencia