Sentencia Civil Nº 97/2003, Audiencia Provincial de Almeria, Sección 3, Rec 48/2... 01 de Abril de 2003
Sentencia Civil Nº 97/200...il de 2003

Última revisión
01/04/2003

Sentencia Civil Nº 97/2003, Audiencia Provincial de Almeria, Sección 3, Rec 48/2003 de 01 de Abril de 2003

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Orden: Civil

Fecha: 01 de Abril de 2003

Tribunal: AP - Almeria

Ponente: JIMENEZ DE CISNEROS CID, MARIA SOLEDAD

Nº de sentencia: 97/2003

Nº de recurso: 48/2003

Núm. Cendoj: 04013370032003100108

Núm. Ecli: ES:APAL:2003:506

Resumen
La cláusula litigiosa ha sido redactada de forma clara y entrado a formar parte de las condiciones particulares del contrato no resultando contrarias a la fe ni abusivas pues efectivamente los conceptos sobre los que se reservaba derecho de modificación unilateral eran conocidos por la empresa debiendo seguirse un procedimiento establecido en relación con las circulares del Banco de España y por ende no arbitrario. Si pudo influir en su contenido o simplemente no haber pactado tales condiciones pudiendo contratar con otra Entidad Bancaria pudiendo así eludir su aplicación. Después de 6 años de vigencia del contrato no le es licito a la demandada solicitar la nulidad del mismo cuando ha obtenido un crédito importante y no satisfecho a la fecha.

Voces

Banco de España

Cláusula abusiva

Clausula contractual abusiva

Buena fe

Nulidad del contrato

Contrato de cuenta corriente

Nulidad de la cláusula

Tipos de interés

Condiciones generales de la contratación

Defensa de consumidores y usuarios

Interés legal del dinero

Partes del contrato

Intereses legales

Vigencia del contrato

Contraprestación

Autonomía de la voluntad

Ascendientes

Intereses moratorios

Intereses de demora

In illiquidis non fit mora

Obligación principal

Prueba pericial