Sentencia Civil Nº 379/2005, Audiencia Provincial de Valencia, Sección 9, Rec 56...e Septiembre de 2005
Sentencia Civil Nº 379/20...re de 2005

Última revisión
15/09/2005

Sentencia Civil Nº 379/2005, Audiencia Provincial de Valencia, Sección 9, Rec 560/2005 de 15 de Septiembre de 2005

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Orden: Civil

Fecha: 15 de Septiembre de 2005

Tribunal: AP - Valencia

Ponente: MARTORELL ZULUETA, PURIFICACION

Nº de sentencia: 379/2005

Nº de recurso: 560/2005

Núm. Cendoj: 46250370092005100364

Núm. Ecli: ES:APV:2005:3938

Resumen
Se estima el recurso de apelación contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Sagunto, sobre juicio cambiario. En la letra de cambio que sirve a la demanda cambiaria aparece como librador el demandante, y habiendo reconocido el demandado oponente la firma en blanco de la indicada cambial en su escrito de oposición, y asimismo, habiendo proseguido con posterioridad la relación con la entidad que insta la demanda en juicio cambiario en calidad de libradora de la letra firmada en blanco, ha de reconocerse la legitimación cambiaria, máxime cuando la relación comercial entre las partes, provisión de fondos, ha existido. Y no se ha acreditado que tal cambial haya sido abusivamente completada, pues el deudor, al firmar en blanco, se declaró conforme con el texto resultante de su cumplimentación, haciendo suyas anticipadamente las menciones que han sido necesarias añadir para completarla.

Voces

Letra de cambio

Letra en blanco

Falta de legitimación activa

Pagaré

Sociedad absorbida

Carga de la prueba

Personalidad jurídica

Abuso de derecho

Actividad probatoria

Endosante

Entrega de título cambiario

Pago indebido

Cheque

Juicio cambiario

Provisión de fondos

Crédito cambiario

Sociedad de responsabilidad limitada

Mala fe

Persona jurídica

Culpa grave

Demanda de juicio cambiario