Sentencia Constitucional Nº 11/2020, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurso... 28 de Enero de 2020
Sentencia Constitucional ...ro de 2020

Última revisión
19/02/2020

Sentencia Constitucional Nº 11/2020, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurso de amparo 4855/2018 de 28 de Enero de 2020

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Orden: Constitucional

Fecha: 28 de Enero de 2020

Tribunal: Tribunal Constitucional

Ponente: GONZALEZ RIVAS, JUAN JOSE

Nº de sentencia: 11/2020

Nº de recurso: Recurso de amparo 4855/2018

Núm. Ecli: ES:TC:2020:11

Resumen
Promovido por don Oriol Junqueras Vies y don Raül Romeva Rueda en relación con los autos del magistrado instructor de causa especial y de la sala de recursos de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que comunicaron a la mesa del Parlamento de Cataluña la suspensión en el ejercicio de los cargos públicos que estaban desempeñando.Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva y al ejercicio de los cargos públicos representativos: resoluciones judiciales que adoptaron, de manera suficientemente razonada y proporcionada, una medida cautelar suspensiva del ejercicio del cargo parlamentario (STC 71/1994); inadmisión parcial del recurso de amparo.En causa especial, seguida ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, el magistrado instructor acordó mediante auto, comunicar a la mesa del Parlamento de Cataluña, la suspensión de los cargos que estaban desempeñando Raül Romeva Rueda y Oriol Junqueras Vies, por haber devenido firme el auto de procesamiento. El artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece la suspensión de las funciones de los cargos públicos en aquellos casos en los que el auto de procesamiento sea firme en causas de terrorismo o rebeldía, y se haya decretado la prisión provisional. Se cuestiona la aplicación del precepto en tanto se discute la firmeza del auto de procesamiento. En aplicación de doctrina sentada en la STC 71/1994, de 3 de marzo, se desestima el recurso acerca de la aplicación previsión en cuanto que la suspensión de los cargos públicos no constituye un límite al ejercicio del derecho a la participación política (23.2 CE), sino un requisito. En cuanto a la firmeza del auto de procesamiento, éste es firme por no poder interponer recurso alguno. Asimismo, se constata que las resoluciones impugnadas cumplen el deber reforzado de motivación y el juicio de adecuación en tanto afectan a derechos fundamentales.Se inadmite el recurso en lo relativo al derecho a la libertad ideológica y de expresión, al juez predeterminado por la ley y el derecho a la legalidad penal por falta de invocación previa.

Voces

Derechos fundamentales

Recurso de amparo

Cargos públicos

Recusación

Bandas armadas

Auto de procesamiento

Imparcialidad judicial

Constitucionalidad

Vulneración de derechos fundamentales

Delitos de rebelión

Derecho a la tutela judicial efectiva

Derechos políticos

Cuestiones procesales

Derecho a la legalidad

Ope legis

Medidas provisionales

Escrito de interposición

Derecho a la libertad personal

Amenazas

Derechos y facultades

Rebelión

Actos firmes

Rebeldía

Permisos de salida

Indicio racional

Error material

Recurso de inconstitucionalidad

Violencia

Organización terrorista

Intervención de abogado

Mandato

Principio de legalidad penal

Sentencia firme

Delito de terrorismo

Abogado de oficio

Derecho de representación

Funcionarios públicos

Estatutos de autonomía

Alta dirección

Altos cargos