Sentencia Constitucional Nº 140/2009, Tribunal Constitucional, Sala Primera, Rec... 15 de Junio de 2009
Sentencia Constitucional ...io de 2009

Última revisión
03/01/1

Sentencia Constitucional Nº 140/2009, Tribunal Constitucional, Sala Primera, Rec Recurso de amparo 3520-2005 de 15 de Junio de 2009

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Orden: Constitucional

Fecha: 15 de Junio de 2009

Tribunal: Tribunal Constitucional

Nº de sentencia: 140/2009

Nº de recurso: Recurso de amparo 3520-2005

Núm. Ecli: ECLI:ES:TC:2009:140

Resumen
Una persona extranjera fue sometida a un procedimiento administrativo sancionador por carecer de documentación que acreditara su estancia legal en España. En el curso del procedimiento pidió que le fuera impuesta la sanción de multa y no de expulsión, alegando estar inscrito en el Registro municipal de parejas estables no casadas con una persona poseedora de su segunda tarjeta de residencia con la que tiene cuatro hijos menores escolarizados. Sin embargo, la Administración impuso al recurrente la sanción de expulsión, señalando la imposibilidad de entrar a valorar sus circunstancias personales y sin hacer ninguna referencia a la opción por dicha sanción en vez de la multa. Recurrida la expulsión, el Juzgado declaró su nulidad sustituyéndola por la sanción de multa. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia confirmó la expulsión, con el argumento de que existía una motivación por remisión al contenido del expediente y que estaba ínsita en la gravedad de los hechos, añadiendo que la situación de arraigo es una cuestión que no afecta al expediente de expulsión.La Sentencia otorga amparo al considerar que la resolución sancionadora impugnada, que se limita a constatar la mera existencia de la conducta infractora, no contiene fundamentación alguna a partir de la cual puedan conocerse las razones por las que resulte procedente la expulsión en lugar de la pena de multa.Se tiene presente, ex artículo 10.2 CE, la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en virtud de la cual el arraigo familiar puede actuar como límite a la potestad de expulsar, porque la ejecución de la medida podría no resultar proporcionada al fin legítimo perseguido, esto es la garantía del orden público, vulnerando el derecho a la vida privada y familiar. En el mismo sentido, se cita el artículo 3.1 de la Convención de las Naciones Unidas de 20 de noviembre de 1989 de derechos del niño, que establece que en todas las medidas que tomen las autoridades administrativas en que puedan resultar concernidas los niños debe ser de consideración primordial atender a los intereses superiores de éstos.

Voces

Recurso de amparo

Derecho a la tutela judicial efectiva

Estancia

Expulsión del territorio

Derecho de igualdad

Indefensión

Menor de edad

Incongruencia omisiva

Incidente de nulidad de actuaciones

Poseedor

Derecho de defensa

Tarjeta de residencia

Integración social

Derechos y libertades de los extranjeros

Expediente sancionador

Hijo menor

Inscripción registral

Falta de motivación

Representación procesal

Causa de inadmisión

Aplicación de la pena

Procedimiento sancionador

Uniones de hecho

Potestad sancionadora

Diligencia de ordenación

Derechos fundamentales

Nulidad de las resoluciones

Autorización y permiso de residencia

Retroacción de actuaciones

Residencia

Derechos humanos

Prohibición de entrada en España

Mandato

Plazo de caducidad

Juzgado de guardia

Motivación de los actos administrativos

Ius puniendi

Acuerdos internacionales

Discrecionalidad de la administración

Procedimiento sancionador extranjería