Sentencia Constitucional Nº 181/2012, Tribunal Constitucional, Sala Primera, Rec...5 de Octubre de 2012
Sentencia Constitucional ...re de 2012

Última revisión
15/10/2012

Sentencia Constitucional Nº 181/2012, Tribunal Constitucional, Sala Primera, Rec Cuestión de inconstitucionalidad 5673-2011 de 15 de Octubre de 2012

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Constitucional

Fecha: 15 de Octubre de 2012

Tribunal: Tribunal Constitucional

Nº de sentencia: 181/2012

Nº de recurso: Cuestión de inconstitucionalidad 5673-2011

Resumen
Se plantea cuestión de inconstitucionalidad en relación con el art. 26 a) de la Ley del Parlamento de Cataluña 8/2006, de 5 de julio, de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal al servicio de las Administraciones públicas.El órgano judicial promotor de la cuestión considera que la previsión normativa contenida en el art. 26 a) de la citada ley puede contradecir lo dispuesto en el art. 48.1 h) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por el que se aprueba el estatuto básico del empleado público (LEEP) tras su promulgación, y, a su través, las competencias reservadas al Estado en el art. 149.1.18 CE, que otorga al Estado la competencia exclusiva sobre la legislación básica de régimen estatutario de los funcionarios de las Administraciones públicas, dado que la primera norma solo prevé el derecho a la reducción de la jornada para el cuidado de un menor de seis años, y la ley estatal lo reconoce en el caso de un menor hasta los doce.El art. 26 a) de la Ley del Parlamento de Cataluña 8/2006, de 5 de julio, establece lo siguiente:Las personas a las que se aplica la presente ley pueden disfrutar de una reducción de un tercio o de la mitad de la jornada de trabajo, con las percepción del 80% o del 60% de la retribución, respectivamente, en los siguientes supuestos:a) Para cuidar de un hijo o una hija menor de seis años, siempre que tenga su guarda legal.A su vez, el art. 48.1 h) LEEP dispone lo siguiente:Las Administraciones Públicas determinarán los supuestos de concesión de permisos a los funcionarios públicos y sus requisitos, efectos y duración. En defecto de legislación aplicable los permisos y su duración serán, al menos, los siguientes:h) Por razones de guarda legal, cuando el funcionario tenga el cuidado directo de algún menor de doce años, de persona mayor que requiera especial dedicación, o de una pe  dedicación, o de una persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida, tendrá derecho a la reducción de su trabajo, con la disminución de sus retribuciones que corresponda.

Voces

Estatuto Básico del Empleado Público

Cuestión de inconstitucionalidad

Funcionarios públicos

Reducción de jornada laboral

Guarda legal

Conciliación de la vida personal, familiar y laboral

Cuidado de hijos

Inconstitucionalidad sobrevenida

Hijo menor

Constitucionalidad

Derecho subjetivo

Principio de igualdad

Estatutos de autonomía

Voluntad

Empleados de la Administración Pública

Jornada laboral

Poderes públicos

Reducción de jornada por cuidado de familiares

Mandato

Mayores de doce años

Personal estatutario

Ciudadanos

Seguridad jurídica

Menor de edad

Diligencia de ordenación

Fuentes del derecho

Obligaciones familiares

Reducción de jornada por guarda legal

Operadores

Deberes de los funcionarios

Permisos de funcionarios

Violación

Actividad laboral

Pérdida de la condición de funcionario

Derechos de los funcionarios

Menores de doce años

Derecho a la no discriminación

Responsabilidad

Discriminación por razón de sexo

Actividades de refuerzo y/o extraescolares