Sentencia Constitucional Nº 28/2019, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurso...8 de Febrero de 2019
Sentencia Constitucional ...ro de 2019

Última revisión
19/03/2019

Sentencia Constitucional Nº 28/2019, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurso de inconstitucionalidad 4063/2017 de 28 de Febrero de 2019

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Orden: Constitucional

Fecha: 28 de Febrero de 2019

Tribunal: Tribunal Constitucional

Ponente: MONTOYA MELGAR, ALFREDO

Nº de sentencia: 28/2019

Nº de recurso: Recurso de inconstitucionalidad 4063/2017

Núm. Ecli: ES:TC:2019:28

Resumen
Interpuesto por el presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 6/2017, de 9 de mayo, del impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas.Límites de la potestad tributaria de las comunidades autónomas: constitucionalidad del impuesto autonómico.Se impugna la regulación legal del impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas de Cataluña por su posible solapamiento con los impuestos estatal sobre el patrimonio, y locales sobre bienes inmuebles y vehículos de tracción mecánica. Se desestima el recurso de inconstitucionalidad. La sentencia declara que el impuesto autonómico impugnado y el impuesto estatal sobre el patrimonio tienen diferentes sujetos pasivos y hechos imponibles. Al impuesto autonómico están sujetas las entidades mercantiles, mientras que al impuesto estatal lo están las personas físicas. El impuesto autonómico grava a los bienes en tanto permanezcan improductivos; en cambio, el impuesto sobre el patrimonio grava la titularidad de los bienes como expresión de capacidad económica. Asimismo, la sentencia asevera que si bien el impuesto autonómico recae sobre bienes inmuebles o vehículos, que son bienes también gravados por los tributos locales, únicamente los grava por su falta de explotación económica y no por su titularidad. En atención a esto, la sentencia asevera que no se produce un solapamiento que vulnere la prohibición de doble imposición. Finalmente, se declara que el impuesto autonómico no produce efectos extraterritoriales, dado que el tributo es de carácter personal y solo recae sobre entidades mercantiles con domicilio en Cataluña.

Voces

Persona jurídica

Actividades económicas

Impuesto sobre el Patrimonio

Personalidad jurídica

Persona física

Obligado tributario

Entidad participada

Corporaciones locales

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Precio de mercado

Fincas Rústicas

Devengo del Impuesto

Capacidad económica

Bienes inmuebles

Recurso de inconstitucionalidad

Bienes muebles

Constitucionalidad

Estatutos de autonomía

Potestad tributaria

Escrito de interposición

Disminución de ingresos

Incumplimiento de las obligaciones

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

Aeronaves

Embarcaciones

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Fecha de devengo

Actividad económica del sujeto pasivo

Empresa familiar

Valor catastral

Cuota íntegra

Entidades sin animo de lucro

Entes públicos

Valor de mercado

Impuestos locales

Modelo 714. Impuesto sobre el Patrimonio

Comunidad de bienes

Herencia yacente

Hecho imponible del impuesto

Explotación económica