Sentencia Constitucional Nº 72/2021, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurso... 18 de Marzo de 2021
Sentencia Constitucional ...zo de 2021

Última revisión
12/04/2021

Sentencia Constitucional Nº 72/2021, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurso de inconstitucionalidad 6835/2019 de 18 de Marzo de 2021

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Orden: Constitucional

Fecha: 18 de Marzo de 2021

Tribunal: Tribunal Constitucional

Ponente: GONZALEZ-TREVIJANO SANCHEZ, PEDRO JOSE

Nº de sentencia: 72/2021

Nº de recurso: Recurso de inconstitucionalidad 6835/2019

Núm. Ecli: ES:TC:2021:72

Resumen
Interpuesto por el presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley 6/2019, de 20 de febrero, del estatuto de las personas consumidoras de Extremadura.Competencias sobre legislación civil, mercantil y procesal, ordenación del crédito y de la economía: nulidad parcial de los preceptos legales autonómicos relativos al documento justificativo de la contratación y clausulado de los contratos y de contratos de tracto continuado; nulidad del precepto legal sobre titulización de créditos y, por conexión o consecuencia, de la tipificación como infracción administrativa de la no comunicación de cesión de créditos a fondos de titulización.Se enjuicia la constitucionalidad de los preceptos de la Ley 6/2019, de 20 de febrero, del estatuto de las personas consumidoras de Extremadura relativos al documento justificativo de la contratación, la consideración de abusivas de determinadas cláusulas contractuales y la notificación de tal condición a los consumidores o el régimen de cesión de créditos hipotecarios.Se estima parcialmente el recurso de inconstitucionalidad. Por un lado, en aplicación de la doctrina de la STC 54/2018, de 24 de mayo, la sentencia declara inconstitucionales y nulos, por alterar o introducir nuevos derechos y obligaciones en el marco de las relaciones contractuales privadas, las siguientes previsiones legales: a) aquella que convierte en potestativa la obligación, establecida por la normativa básica estatal, de que el documento justificativo de la contratación esté en papel; b) la atribución de la condición de abusiva a la cláusula de renuncia al derecho de comunicación de cesión de créditos; y c) la obligación de las entidades financieras que pretendan ceder un préstamo hipotecario a un fondo de titulización de informar de esta circunstancia al deudor de dicho préstamo. En relación con este último precepto, se declara nulo, por conexión o consecuencia, el precepto que tipifica como infracción grave la no notificación en plazo por las entidades.Por otro lado, también se declara inconstitucional y nulo el precepto que pretende hacer extensivos los efectos de la declaración del carácter abusivo de una determinada cláusula en un contrato a todos aquellos en vigor que contengan esa misma cláusula, porque altera las reglas procesales sin justificación suficiente. Sin embargo, la sentencia declara constitucional la obligación de informar, en los contratos de tracto continuado, de la existencia de una cláusula declarada abusiva a los clientes con contratos vigentes que la incluyan.

Voces

Consumidores y usuarios

Defensa de consumidores y usuarios

Cláusula abusiva

Clausula contractual abusiva

Estatutos de autonomía

Competencia de las Comunidades Autónomas

Recurso de inconstitucionalidad

Representación procesal

Factura electrónica

Mandato

Contrato de compraventa

Constitucionalidad

Poderes públicos

Cláusula contractual

Préstamo hipotecario

Crédito hipotecario

Relación contractual

Actividades económicas

Fondo de titulización de activos

Cesión de créditos

Obligación contractual

Entidades financieras

Obligación de información

Derechos de los consumidores y usuarios

Cesión del crédito hipotecario

Derecho de comunicación

Medidas de seguridad en el trabajo

Obligaciones del vendedor

Protección del consumidor

Sin ánimo de lucro

Partes del contrato

Deudor hipotecario

Derecho de retracto

Contrato de hipoteca

Validez del contrato

Tanteo

Contrato de prestación de servicios

Prestación de servicios

Entidades de crédito

Prestamista