Sentencia Penal Audiencia Provincial de Ourense, Rec 0228/97 de 27 de Octubre de 1997
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 27 de Octubre de 1997
Tribunal: AP - Ourense
Ponente: CRISTIN PEREZ, JESUS FRANCISCO
Nº de recurso: 0228/97
Resumen
No hay posibilidad legal de encuadrar los hechos en la
figura del hurto del artículo 514 antes citado. La valoración de las señales,
en su caso y a efectos penales, al no constar adecuadamente su precio, ha de
estimarse inferior a cincuenta mil pesetas. Tampoco constituye, al no existir
apoderamiento a sabiendas de la ¡licitud del acto falta de hurto del artículo 587.lº del Código Penal de l973. Podría pensarse que se está en presencia de la falta del nº 2 de ese mismo artículo, en relación con el artículo 535, pero al
no considerarse como previsiblemente perdidas las señales, sino abandonadas, no
cabe esa tipificación.
Se estima el recurso.
Voces
Hurto
Falta de hurto
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