Sentencia Penal Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 60 de 04 de Julio de 2000
Sentencia Penal Audiencia...io de 2000

Última revisión
04/07/2000

Sentencia Penal Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 60 de 04 de Julio de 2000

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Orden: Penal

Fecha: 04 de Julio de 2000

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: HERMIDA CEBREIRO, HIPOLITO

Nº de recurso: 60

Resumen
La prueba practicada valorada en conciencia, con arreglo al art. 973 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por quién tuvo la ventaja de la inmediación procesal. Por lo que, no habiéndose practicado prueba en segunda instancia y no habiendo error de hecho en la valoración de la prueba, la declaración de hechos probados ha de ser mantenida.Las declaraciones contradictorias de denunciante y denunciado sin prueba de hechos indiciarios que apoyen la veracidad de la una o de la otra, justifican la aplicación del principio in dubio pro reo.Se desestima el recurso.  

Voces

Práctica de la prueba

Falta de lesiones

Error de hecho

Valoración de la prueba

Declaración de hechos probados

In dubio pro reo