Última revisión
Sentencia Penal Nº 109, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 48 de 09 de Junio de 2000
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 09 de Junio de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: JUDEL PRIETO, ANGEL MARIA
Nº de sentencia: 109
Nº de recurso: 48
Resumen
La resistencia no grave comprendida en el artículo 556 del Código Penal consiste esencialmente en una conducta obstativa, en una rebelde pasividad, distintas de la violencia y hostilidad propias de la figura
ex artículo 550. El sujeto activo, impuesto del carácter público del uniformado
policía y de que éste se hallaba en el ejercicio de las funciones de su cargo,
desoye un requerimiento previo a su identificación (tras manifestar que estaba
consumiendo hachís), entabla una verbal disputa con el funcionario a quien se
dirige en términos despectivos y lo empuja (mediando o no forcejeo físico)
hasta caer los dos al suelo sin derivar el incidente en resultado lesivo. Así
las cosas y minorada incriminatoriamente en sede de conclusiones definitivas la
entidad de los hechos con la correlativa degradación, la misma existencia del
contacto en la secuencia forcejeo-empujón-caída descarta la reconducción
fáctica a la órbita del invocado artículo 634 del Código Penal, en tanto que lo acontecido no se limitó a la falta de "respeto y consideración", ni a
la leve desobediencia.
Se desestima el recurso.
Voces
Responsabilidad
Autor directo
Delito de resistencia a la autoridad
Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal
Inhabilitación especial para el sufragio pasivo
Violencia
Antecedentes penales
Apercibimiento previo
Hachís
Lesividad
Dolo
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