Sentencia Penal Nº 11/2007, Audiencia Nacional, Sala de lo Penal, Sección 3, Rec 10/2006 de 19 de Febrero de 2007
- Orden: Penal
- Fecha: 19 de Febrero de 2007
- Tribunal: Audiencia Nacional
- Ponente: Echarri Casi, Fermin Javier
- Núm. Sentencia: 11/2007
- Núm. Recurso: 10/2006
- Núm. Cendoj: 28079220032007100014
- Núm. Ecli: ES:AN:2007:6126
Se absuelve a los acusados como autores penalmente responsables de un delito de enaltecimiento del terrorismo y otro de malversación de caudales públicos, en procedimiento seguido ante el Juzgado Central de Instrucción n° 2. Las conductas denotadas como apología del terrorismo, con independencia de la ubicación que decida darles el legislador cuando opte por su incriminación, no son delitos de terrorismo. Y esto, tanto en el plano conceptual y doctrinal, como también, claramente, en la vigente legislación española. Del contraste de los hechos declarados probados con la norma, no es posible asumir su encaje en el tipo que contempla el artículo 578 del Código penal que, literalmente exige una acción de enaltecimiento o de justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos.
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