Sentencia Penal Nº 11, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 278 de 27 de Enero de 2000
Sentencia Penal Nº 11, Au...ro de 2000

Última revisión
27/01/2000

Sentencia Penal Nº 11, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 278 de 27 de Enero de 2000

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Orden: Penal

Fecha: 27 de Enero de 2000

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: PICATOSTE BOBILLO, JULIO CESAR

Nº de sentencia: 11

Nº de recurso: 278

Resumen
   La sentencia adolece de un defecto que comporta, inexcusablemente, su nulidad carece absolutamente de relación de hechos probados. Era obligado un relato, por mínimo que sea, en el que se plasmen los hechos que, como consecuencia de la valoración de la actividad probatoria desarrollada durante el juicio se estiman probados. Es exigencia inexcusable impuesta por el art. 142-2º de la LECrm cuando dice que en la sentencia se hará declaración expresa y terminante de los hechos que se estimen probados. De igual modo el art. 248-3 de la LOPJ requiere la declaración de hechos probados.       Con relación a la sentencia absolutoria tiene declarado el TS. Por ello, deberán devolverse los autos al Juzgado de procedencia, a fin de que sea dictada sentencia en la que se subsane el defecto de la ausencia de expresión clara y terminante de hechos probados.    

Voces

Práctica de la prueba

Declaración de hechos probados

Excusa absolutoria

Valoración de la prueba