Sentencia Penal Nº 112/2003, Audiencia Provincial de Valencia, Sección 5, Rec 10...e 08 de Mayo de 2003
Sentencia Penal Nº 112/20...yo de 2003

Última revisión
08/05/2003

Sentencia Penal Nº 112/2003, Audiencia Provincial de Valencia, Sección 5, Rec 1068/2003 de 08 de Mayo de 2003

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Orden: Penal

Fecha: 08 de Mayo de 2003

Tribunal: AP - Valencia

Ponente: SIFRES SOLANES, ISABEL

Nº de sentencia: 112/2003

Nº de recurso: 1068/2003

Núm. Cendoj: 46250370052003100290

Resumen
El propio precepto penal del art. 153 del Código Penal contiene una cláusula concursal expresa que objetiva la diversidad de fundamento de cada uno de los preceptos, obligando al juzgador a sancionar no sólo la violencia habitual sino el resultado que pueda alcanzarse con ello, en este caso las faltas de lesiones y de malos tratos de obra por las que fue el acusado condenado. En este sentido, la STS 2ª, S 22-01-2002, núm. 20/2002, rec. 677/2000 declara que un comportamiento de violencia física habitual gravemente atentatorio contra la pacífica convivencia familiar "debe ser sancionado con arreglo a este precepto (art. 153 del Código Penal), con independencia de las sanciones adicionales que correspondan por cada una de las agresiones lesivas realizadas, como delitos o faltas contra la vida e integridad física".

Voces

Malos tratos

Delito de maltrato

Principio non bis in idem

Violencia

Falta de lesiones

Violencia fisica

Integridad física

Falta de amenazas

Principio de presunción de inocencia

Prueba de cargo