Sentencia Penal Nº 1157/2010, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec...de Diciembre de 2010
Sentencia Penal Nº 1157/2...re de 2010

Última revisión
28/12/2010

Sentencia Penal Nº 1157/2010, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec 1157/2010 de 28 de Diciembre de 2010

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Orden: Penal

Fecha: 28 de Diciembre de 2010

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: BACIGALUPO ZAPATER, ENRIQUE

Nº de sentencia: 1157/2010

Nº de recurso: 1157/2010

Núm. Cendoj: 28079120012010101072

Núm. Ecli: ES:TS:2010:7322

Resumen
Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra Sentencia absolutoria de la Audiencia Provincial de la Coruña, sección nº 2, sobre insolvencia punible y alzamiento de bienes. La Sala declara que debe subrayar que indudablemente la argumentación de la sentencia es jurídicamente errónea. No existe ningún fundamento para excluir por la juventud la responsabilidad penal de personas, que deben haber sido mayores de edad penal al tiempo de los hechos, y que ocupan una posición en una sociedad mercantil. Una juventud que, por otra parte, no es posible valorar, dado que el Tribunal a quo ni siquiera ha expuesto la edad de los acusados. Sin embargo, las constancias del hecho probado no permiten la subsunción de los hechos bajo el tipo penal del alzamiento de bienes (art. 257 CP ), pues según los hechos probados, las cesiones de deudas no debían generar la insolvencia de la Sociedad, sino todo lo contrario. Ello ocurrió también en el caso del contrato suscrito con el recurrente, por el cual se le cedió un crédito que la Sociedad tenía contra otra empresa, cuyo contrato resultó incumplido por ésta. Pero no constan en el hecho probado elementos que revelen que este incumplimiento contractual haya sido ocasionados por dispociones patrimoniales injustificadas ejecutadas con la finalidad de frustrar la ejecución de obligaciones contraidas con el recurrente, como lo exige el art.257 CP.

Voces

Alzamiento de bienes

Antijuridicidad

Acusación particular

Insolvencia punible

Responsabilidad penal

Valoración de la prueba

Dolo

Tipo penal

Omisión