Sentencia Penal Nº 145, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 33 de 06 de Abril de 2000
Sentencia Penal Nº 145, A...il de 2000

Última revisión
06/04/2000

Sentencia Penal Nº 145, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 33 de 06 de Abril de 2000

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Orden: Penal

Fecha: 06 de Abril de 2000

Tribunal: AP - Ourense

Ponente: ALAñON OLMEDO, FERNANDO

Nº de sentencia: 145

Nº de recurso: 33

Resumen
  Son partes, como apelante/s, José Manuel y "A...A consecuencia del citado accidente el peatón José ... En materia de responsabilidad civil José Manuel y la Cía ...Lo hacía, conducido por José Manuel Alonso Guerra, su propietario, en dirección a Portugal, a la velocidad de unos 40 Kms/h. Al llegar a la altura del n° 38, el conductor apreció como un peatón, José ..., El lugar por el que cruzaba el peatón no estaba habilitado para ello. El vehículo conducido por José Manuel estaba asegurado por la entidad Allianz Ras. No se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada. así como el contenido del atestado ratificado por éste. En cuanto al valor del atestado como prueba, señala la sentencia del Tribunal Constitucional de 14 de octubre de 1.997 que el valor probatorio del atestado policial se resume en los siguientes puntos 1º) Sólo puede concederse al atestado valor de auténtico elemento probatorio si es reiterado y ratificado en el juicio oral, normalmente mediante la declaración testifical de los agentes de policía firmantes del mismo (SSTC 100/1985, 101/1985, 145/1985, 173/1985; 49/1986, 145/1987, 5/1989, 182/1989, 24/1991, 138/1992, 303/1993, 51/1995, y 157/1995). Por lo mismo, las pericias técnicas que se adjuntan al atestado -como puede ser el certificado del Médico Forense- no pierden por ello su propio carácter constituyen  pruebas preconstituidas que despliegan toda su validez probatoria si son incorporadas debidamente al proceso (para el certificado forense, STC 24/1991); y 3°) Por último, en cuanto al carácter de prueba documental del atestado policial, cabe precisar que el atestado, con independencia de su consideración material de documento, no tiene, como regla general, el carácter de prueba documental, pues incluso en los supuestos en los que los agentes policiales que intervinieron en el atestado presten declaración en el juicio oral sus declaraciones tienen la consideración de prueba testifical (STC 217/1989).  

Voces

Atestado

Atestado policial

Primera asistencia facultativa

Prueba documental

Prueba de testigos

Prueba preconstituída

Falta de lesiones por imprudencia

Autor responsable

Fuerza probatoria

Declaración del testigo

Causalidad

Presunción de inocencia

Coadyuvante

Sentencia de condena

Prueba pericial

Mala fe

Temeridad

Causa eficiente

Responsabilidad penal