Sentencia Penal Nº 15, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 254 de 21 de Febrero de 2000
Sentencia Penal Nº 15, Au...ro de 2000

Última revisión
21/02/2000

Sentencia Penal Nº 15, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 254 de 21 de Febrero de 2000

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Orden: Penal

Fecha: 21 de Febrero de 2000

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: NUÑEZ FIAÑO, MARIA DEL CARMEN

Nº de sentencia: 15

Nº de recurso: 254

Resumen
PROCEDIMIENTO ABREVIADO POR DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA Se declara probado que uno de los acusados fue detenido saliendo del domicilio del otro acusado portando heroína por un valor de 17.600 pesetas con la finalidad de venderla a terceras  personas. Éste, que ha sido ingresado en múltiples ocasiones en diferentes Centros Hospitalarios a consecuencia de alteraciones conductuales, padeciendo epilepsia convulsiva generalizada, trastorno orgánico de la personalidad y retraso mental leve. Estas patologías de base limitaban notablemente su capacidad de obrar y entender en el momento de los hechos. Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito contra la salud pública previsto y penado en el inciso primero, al concurrir en la conducta del acusado los elementos configuradores del tipo: la tenencia o posesión de heroína, sustancia gravemente perjudicial para la salud y la finalidad de destinar la sustancia poseída al tráfico. Por el contrario, a resultas de la actividad probatoria desplegada en el plenario no alcanza este Tribunal idéntica convicción sobre la realidad de los hechos imputados al coacusado. En este orden de cosas, conviene recordar que conforme reiterada doctrina jurisprudencial, el derecho a la presunción de inocencia es ante todo un derecho fundamental en cuya virtud sólo resulta lícita y admisible una sentencia condenatoria cuando haya mediado una actividad probatoria que, practicada con la observancia de todas las garantías procesales y libremente valorada por el Tribunal pueda considerarse de signo incriminatorio y la imputación del mismo no puede sustentarse en la declaración del otro coimputado. Podemos compartir la tesis de la defensa en relación a la valoración de las acreditadas enfermedades padecidas por el acusado y sus efectos en la responsabilidad penal al cometerse los hechos en periodo entre crisis la enfermedad carece de la relevancia pretendida pues el sujeto únicamente tiene abolidas la inteligencia y voluntad a lo largo de un ataque epiléptico. Sin embargo, el informe del médico forense sí establece que el acusado tenía su voluntad mermada en el momento de comisión del delito, por lo que lo procedente es apreciar la eximente incompleta de anomalía psíquica.

Voces

Delitos contra la salud pública

Antecedentes penales

Libertad provisional

Antecedentes penales no computables

Presunción de inocencia

Heroína

Anomalía o alteración psíquica

Voluntad

Drogas

Práctica de la prueba

Sentencia de condena

Coimputado

Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal

Atenuante analógica

Capacidad de obrar

Decomiso

Eximentes incompletas

Estupefacientes

Autor responsable

Prueba imposible

Responsabilidad penal

Prueba pericial

Bebida alcohólica

Responsabilidad

Delito de tráfico de drogas

Inhabilitación especial para el sufragio pasivo

Comisión del delito