Sentencia Penal Nº 161, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 1978 de 30 de Marzo de 1999
Sentencia Penal Nº 161, A...zo de 1999

Última revisión
30/03/1999

Sentencia Penal Nº 161, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 1978 de 30 de Marzo de 1999

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Orden: Penal

Fecha: 30 de Marzo de 1999

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: TABOADA CASEIRO, MARIA DEL CARMEN

Nº de sentencia: 161

Nº de recurso: 1978

Resumen
Si bien es cierto que las cantidades procedentes de los alquileres de los pisos referidos se ingresaban en la cuenta de la que era titular D. Manuel Vidal Campo y la aquí demandada, si bien también lo es que Dª Eufrasia Campos no era titular de la cuenta y fondos litigiosos, por tanto, no cabe atribuir propiedad alguna con respecto a las partidas de la cuenta corriente de la que aquella no era titular; y aún cuando las rentas las cobraba D. Manuel Vidal Campo, habrá que tener en cuenta las posibles relaciones que mantuvieron al efecto con Dª Eufrasia y por tal concepto, no constando ninguna desavenencia o reclamación en tal sentido, y en definitiva si alguna deuda tuviese el Sr. Vidal Campo con Dª Eufrasia esta podría entablar las acciones oportunas, o bien al haberse producido su fallecimiento los herederos, siendo que en el testamento otorgado por aquella el 7 de julio de 1955, nombró heredera a la aquí demandada y ello sin perjuicio de la legítima que corresponde al aquí actor. Así, en primer lugar, se impugna la cuantía total de las pensiones reconocidas a la demandada, apartado 2º del fundamento 8º. En segundo lugar invoca el recurrente que el padre del actor percibía una pensión procedente de Suiza y que no fue computada como patrimonio exclusivo de D. Manuel.       APELACION CIVIL

Voces

Litisconsorcio pasivo necesario

Adhesión al recurso

Falta de litisconsorcio pasivo necesario

Práctica de la prueba

Prueba de testigos

Prueba documental