Sentencia Penal Nº 162, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 1736 de 27 de Septiembre de 1999
Sentencia Penal Nº 162, A...re de 1999

Última revisión
27/09/1999

Sentencia Penal Nº 162, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 1736 de 27 de Septiembre de 1999

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Orden: Penal

Fecha: 27 de Septiembre de 1999

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: HERRERO DE PADURA, MIGUEL

Nº de sentencia: 162

Nº de recurso: 1736

Resumen
Delito de robo.Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por MARIA DEL MAR y JOSE MANUEL , que le fue admitido en ambos efectos, por proveído de fecha nueve de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, dictada por el Instructor, acordando dar el traslado prevenido en el artículo 795-4º de la Ley de Enjuiciamiento criminal, a las restantes partes, que fue evacuado por el Ministerio Fiscal.En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.Se aceptan los de la sentencia apelada: "Sobre las 16 horas del día 12 de mayo de 1996, los acusados MARIA DEL MAR, nacida el 2.7.68, sin antecedentes penales y JOSE MANUEL , nacido el 3/3/66, sin antecedentes penales computables, procediendo de común acuerdo con ánimo de obtener un provecho económico entraron a través de una ventana situada a 1,60 metros de altura, en la granja propiedad de José Antonio, sita en Os Salgueiros-Arteixo, logrando apoderarse de cuatro cabezas de ganado porcino, valoradas en 48.000 pesetas, que lograron cargar en la furgoneta R-4, propiedad de la acusada para llevárselas, dejando en el lugar tres cabezas más tasadas en 36.000 pesetas, que murieron al intentar sacarlas por la ventana.-   El principio de presunción de inocencia consagrado en el art. 24.2 de la Constitución, en el artículo 11.2 de la Declaración Universal- de Derechos Humanos de lo de diciembre de 1948, configura una norma directa y vinculante para todos los poderes públicos y, especialmente, en el ámbito procesal penal, por tanto, de trascendental importancia en el régimen jurídico de la prueba penal.Por otra parte, y dentro del campo de la prueba, hay que consignar que, el órgano jurisdiccional es soberano en la apreciación de la prueba con arreglo a la disposición del art. 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Sentencias del Tribunal Constitucional 82/1992 de 2-8 de mayo, 138/92 de 13 de octubre, 76/93 de 1 de marzo, entre otras muchas).En el contexto que enmarcan las anteriores consideraciones, la ya reiterada doctrina establecida tanto por el Tribunal Constitucional, como por el Tribunal Supremo reconoce plena validez a la prueba por indicios o de presunciones para desvirtuar la presunción de inocencia.Efectúa el Juzgador un detallado relatorio de las pruebas practicadas, sentando los hechos base que le llevan a concluir en la condena de la apelante, y de ellos procede destacar: A) Que el testigo Sr.JOSE vio como de las proximidades de la granja salía la furgoneta propiedad de la apelante, identificando sin dudas el vehículo por sus características y por la matrícula, y que en su interior iban algunos cerdos, así como que iba conducida por un hombre y le acompañaba una mujer; B) Cuando se localiza la mencionada furgoneta, en las inmediaciones del domicilio de la citada, el Agente de la Guardia Civil observa como ambos condenados estaban limpiando la parte trasera de la furgoneta, que tenía excrementos recientes de cerdo, y desprendía un fuerte olor correspondiente a dicho animal, hay por lo tanto en el razonamiento una lógica que elimina toda duda sobre la autoría de los apelantes, y suficiente para desvirtuar el principio de presunción de inocencia.Igualmente no hay duda respecto a la identificación de María del Mar ; así el agente de la Guardia Civil José manifestó kan el acto del juicio que encontraron al coche, a José Ramón y a una mujer que le pareció Mi del Mar, pero la duda que podía suscitar esta frase se aclara cuando insistió en que la mujer era María del mar, ya que la había perseguido, y estuvo casi a su altura, sin poder detenerla por que se cayó en la persecución.Se desestima el recurso.                

Voces

Delito de robo

Presunción de inocencia

Valoración de la prueba

Principio de presunción de inocencia

Práctica de la prueba

Antecedentes penales

Responsabilidad

Antecedentes penales computables

Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal

Autor directo

Suspensión de cargo público

Intereses legales