Sentencia Penal Nº 194, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 103 de 27 de Abril de 1999
Sentencia Penal Nº 194, A...il de 1999

Última revisión
27/04/1999

Sentencia Penal Nº 194, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 103 de 27 de Abril de 1999

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Orden: Penal

Fecha: 27 de Abril de 1999

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: PEREZ PENA, MARIA JOSE

Nº de sentencia: 194

Nº de recurso: 103

Resumen
 apelación civil             Que se notifica dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de apelación por el demandante, que fue admitido en ambos efectos y, conferidos por el Juzgado de instancia, los traslados que establece el artículo 734 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a las restantes partes, se elevaron los autos a esta Audiencia, para resolución del recurso, correspondiendo, por reparto, a esta Sección Segunda, con el número 103/99, señalándose las 13,00 horas del día 26-04-99, para votación y fallo.En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.Se alza el apelante contra la sentencia dictada por el juzgador de instancia, que concluye con una apreciación de las excepciones procesales alegadas por un codemandado al dar contestación a la demanda, tales como de legitimación activa y prescripción de la acción ejercitada.La Sala no comparte los criterios manifestados tanto en la resolución recurrida, como tampoco los de la parte recurrente, puesto que, es suficiente para que una persona ejercite, como es el caso, un acción en reclamación de cantidad, contra otras, en base a unos argumentos expuestos en la demanda, amparado por unos derechos que manifiesta poseer, para que se le considere facultada para ejercitar tal acción, ahora bien, caso de demostrarse a lo largo del proceso, que dicha parte no se encuentra amparada por tales derechos para considerar va no, que no se encuentra legitimada activamente, sino que carece de acción, por lo que, en el caso examinado no se aprecia la falta de excepción mencionada.Asimismo, a mayor abundamiento, la resolución recurrida estima la existencia de la excepción procesal de - prescripción de la acción - extremo objeto de recurso.Que se estima parcialmente el recurso, debemos REVOCAR Y REVOCAMOS parcialmente la misma en el particular consistente en desestimar la demanda y en su lugar , ABSOLVEMOS en la instancia a los demandados de las peticiones formuladas en la demanda. Sin hacer expreso pronunciamiento en cuanto al pago de las costas procesales en ambas instancias.    

Voces

Reclamación de cantidad

Prescripción de la acción

Excepciones procesales

Falta de legitimación activa

Legitimación activa

Plazo de prescripción

Responsabilidad

Fondo del asunto