Sentencia Penal Nº 23/2003, Audiencia Provincial de Malaga, Sección 2, Rec 3/2003 de 29 de Enero de 2003
Sentencia Penal Nº 23/200...ro de 2003

Sentencia Penal Nº 23/2003, Audiencia Provincial de Malaga, Sección 2, Rec 3/2003 de 29 de Enero de 2003

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Orden: Penal

Fecha: 29 de Enero de 2003

Tribunal: AP - Malaga

Ponente: GARCIA ORTIZ, LOURDES

Nº de sentencia: 23/2003

Nº de recurso: 3/2003

Núm. Cendoj: 29067370022003100010

Núm. Ecli: ES:APMA:2003:350

Resumen
Al regir en nuestro ordenamiento jurídico el principio de inmediación, la apreciación que el Juez a quo hace, en conciencia y con la amplia libertad de criterio que la Ley le otorga, y que relata bajo la descripción de hechos probados, no puede modificarse por el Tribunal ad quem, a no ser que hubiese un manifiesto error en la apreciación de la prueba.

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Voces

Error en la valoración de la prueba

Perjuicios económicos

Perjuicio económico

Factor de corrección

Perjuicio estético

Perjuicios estéticos

Indemnización por lesiones

Días impeditivos

Culpa

Daños y perjuicios

Perjuicios patrimoniales