Última revisión
30/11/2006
Sentencia Penal Nº 2307/2006, Tribunal Supremo, Rec 1563/2006 de 30 de Noviembre de 2006
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Orden: Penal
Fecha: 30 de Noviembre de 2006
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN
Nº de sentencia: 2307/2006
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a treinta de Noviembre de dos mil seis.
Antecedentes
PRIMERO.- La audiencia Provincial de Madrid, sección 7ª , en Rollo de Sala 21/05 , procedente del juzgado de Instrucción 34 de Madrid, causa Sumario 1/05, dictó sentencia de fecha 16/03/06, por la que condenó a Juan Luis como autor responsable sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un delito contra la salud pública, a la pena de cinco años y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el Derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, multa de 5.120 euros , y al pago de la mitad de las costas procesales.
SEGUNDO.- Por Juan Luis, representado por el procurador Eduardo Muñoz Barona, se interpone recurso de casación contra la referida Sentencia, invocando como motivos: 1) al amparo del art.5.4 de la LOPJ, vulneración del derecho a la inviolabilidad del domicilio; 2) al amparo del art.5.4 de la LOPJ, vulneración del Derecho a la presunción de inocencia.
TERCERO.- En el trámite correspondiente a la sustanciación del recurso , el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.
CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por Sala de Gobierno, de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don Juan Saavedra Ruiz.
Fundamentos
En la Villa de Madrid, a treinta de Noviembre de dos mil seis.
PRIMERO.- La audiencia Provincial de Madrid, sección 7ª , en Rollo de Sala 21/05 , procedente del juzgado de Instrucción 34 de Madrid, causa Sumario 1/05, dictó sentencia de fecha 16/03/06, por la que condenó a Juan Luis como autor responsable sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un delito contra la salud pública, a la pena de cinco años y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el Derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, multa de 5.120 euros , y al pago de la mitad de las costas procesales.
SEGUNDO.- Por Juan Luis, representado por el procurador Eduardo Muñoz Barona, se interpone recurso de casación contra la referida Sentencia, invocando como motivos: 1) al amparo del art.5.4 de la LOPJ, vulneración del derecho a la inviolabilidad del domicilio; 2) al amparo del art.5.4 de la LOPJ, vulneración del Derecho a la presunción de inocencia.
TERCERO.- En el trámite correspondiente a la sustanciación del recurso , el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.
CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por Sala de Gobierno, de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don Juan Saavedra Ruiz.
LA SALA ACUERDA:NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por el recurrente, contra la sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.
Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.
Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.
Fallo
LA SALA ACUERDA:NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por el recurrente, contra la sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.
Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.
Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.
