Última revisión
Sentencia Penal Nº 267, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 277 de 06 de Octubre de 2000
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 06 de Octubre de 2000
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: LOJO ALLER, JUAN MANUEL
Nº de sentencia: 267
Nº de recurso: 277
Resumen
La pena de multa impuesta al recurrente de dos meses con
una cuota diaria de 1000 pesetas, corresponde al arbitrio que sobre este punto
corresponde al Juzgador a tenor del art. 638 del C. Penal. La cuota diaria de 1000 pesetas no puede estimarse como desproporcionada habida cuenta que pese a
la condición de pensionista alegada por el apelante, tal cuantía está dentro
del límite mínimo previsto en el articulo 50.4 del Código Penal.
En orden a responsabilidad civil el recurso puede ser
acogido, en primer término, porque está acreditada negligencia del menor a
efectos de apreciar concurrencia de culpas. En segundo lugar, porque es
aplicable el baremo indemnizatorio vigente en el momento de dictar sentencia en
primera instancia, por tratarse de una deuda de valor.
Se desestima el recurso.
Voces
Intervención del Ministerio Fiscal
Imprudencia leve
Responsabilidad
Responsabilidad penal subsidiaria
Atestado policial
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