Sentencia Penal Nº 275/2006, Audiencia Provincial de Las Palmas, Sección 1, Rec ... 26 de Julio de 2006
Sentencia Penal Nº 275/20...io de 2006

Última revisión
26/07/2006

Sentencia Penal Nº 275/2006, Audiencia Provincial de Las Palmas, Sección 1, Rec 46/2006 de 26 de Julio de 2006

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Penal

Fecha: 26 de Julio de 2006

Tribunal: AP - Las Palmas

Ponente: GOIZUETA ADAME, JOSE LUIS

Nº de sentencia: 275/2006

Nº de recurso: 46/2006

Núm. Cendoj: 35016370012006100499

Núm. Ecli: ES:APGC:2006:1410

Resumen
Ha de recordarse, a efecto de valoración de la prueba, que las de índole subjetiva, como son las declaraciones de denunciantes, denunciados y testigos, es el Juzgador de instancia quien se halla en óptimas condiciones para decidir sobre la credibilidad que debe dar a lo visto y oído en el juicio oral e interpretar lo que ellos dicen, pues cuando el medio de prueba es una persona, la convicción judicial se forma también por los gestos, expresión facial, tono de voz, firmeza, duda en las manifestaciones, silencios, inseguridad o incoherencia en las mismas, etc., que el Juzgador puede valorar en conciencia a tenor del art. 741 de la LECr.

Voces

Valoración de la prueba

Principio de presunción de inocencia

Sentencia de condena

Práctica de la prueba

Declaración del testigo

Medios de prueba