Sentencia Penal Nº 284, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 296 de 23 de Octubre de 2000
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 23 de Octubre de 2000
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: FARIÑA CONDE, VICTORIA EUGENIA
Nº de sentencia: 284
Nº de recurso: 296
Resumen
El único motivo del recurso es alegar que no ha sido
probado a través de medio de prueba reconocido en la Ley de Enjuiciamiento
Criminal que el día 24 de noviembre de 1999 D. Emilio hablará con Dª María del
Mar y la amenazara con que iba a matarla pues siendo supuestamente una
conversación telefónica ninguna prueba se ha aportado sobre este extremo.
Olvida el recurrente que la declaración de la víctima puede constituir la
prueba de cargo suficiente para desvirtuar el principio de presunción de
inocencia pues en otro caso se llegaría a la más absoluta impunidad en muchos
ilícitos penales. Aunque el recurso de apelación posee una sustantividad propia
distinta del de casación o del de amparo, es posible trasladar esas
consideraciones a este caso por cuanto el Juzgador de Grado da credibilidad a
la declaración de la perjudicada que mantiene en el acto del juicio oral lo
mismo que ya había manifestado en su denuncia de 24 de noviembre de 1999 y no
pudiendo el razonamiento realizado por la Juzgadora de grado calificarse de
incongruente o apoyado en fundamentos arbitrarios procede con desestimación del
recurso la confirmación de la sentencia apelada.
Voces
Intervención del Ministerio Fiscal
Medios de prueba
Falta de amenazas
Arresto
Declaración de la víctima
Prueba de cargo
Principio de presunción de inocencia
Valoración de la prueba
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