Sentencia Penal Nº 3, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 1082 de 11 de Enero de 2000
Sentencia Penal Nº 3, Aud...ro de 2000

Última revisión
11/01/2000

Sentencia Penal Nº 3, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 1082 de 11 de Enero de 2000

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Orden: Penal

Fecha: 11 de Enero de 2000

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: ESAIN MANRESA, JAIME

Nº de sentencia: 3

Nº de recurso: 1082

Resumen
  Que en fecha 20 de marzo de 1995, por el juzgado de primera instancia numero 7 de Pontevedra se pronunció sentencia acordando la disolución del matrimonio por divorcio entre Fy D acordando en favor de los dos hijos del matrimonio una pensión alimenticia de 60.000 pesetas que había de entregar en los cinco primeros días de cada mes a la madre -su ex mujer- estableciéndose la revisión normal conforme al índice general de precios al consumo.Sin embargo, pese a ser consciente de la carga judicialmente impuesta, F, mayor de edad y sin antecedentes penales, no abonó cantidad alguna en favor de sus hijos durante los meses de abril, mayo, septiembre a diciembre de 1995, enero, febrero, abril, julio agosto y diciembre de 1996, enero, marzo, julio setiembre, noviembre y diciembre de 1997 y enero de 1998, empero disponer de medios económicos suficientes para hacer frente al pago, siquiera parcial, e la pretación económica fijada. Solicitando, en su escrito el recurrente, la revocación, y por el Ministerio Fiscal, se solicitó la confirmación de la sentencia recurrida. Procede confirmar la sentencia impugnada al haberse obtenido en plenario pruea de cargo que desvirtúa con claridad la presunción constitucional de inocencia que protege al encausado con relación al invocado delito de impago de pensiones previsto en el artículo 227 del Código.De donde no cabe sino concluir, con la sentencia impugnada, la grave desatención en el cumplimiento de  obligaciones económico-familiares, que soporta la estimada calificación delictiva. Argumentando lo cual, huelga toda consideración relativa a error en la apreciación de la prueba, indebida calificación delictiva penal, o vulneración del principio de presunción de inocencia, a los efectos previstos en los artículos 795.2º L.E. Criminal, 5 y 10 del Código Penal, y 24.2º C.E.Se desestima el recurso.            

Voces

Diligencias previas

Antecedentes penales

Delito de abandono de familia

Autor directo

Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal

Arresto

Investigado o encausado

Delito de impago de pensión

Omisión

Error en la valoración de la prueba

Principio de presunción de inocencia

Mala fe

Temeridad