Última revisión
Sentencia Penal Nº 30, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 1128 de 10 de Mayo de 2000
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 10 de Mayo de 2000
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: PICATOSTE BOBILLO, JULIO CESAR
Nº de sentencia: 30
Nº de recurso: 1128
Resumen
El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones provisionales,
elevadas a definitivas, calificó su versión de los hechos como constituidos de
un delito de OBSTRUCCIÓN A LA JUSTICIA del artículo 464.2 del Código penal por una falta de AMENAZAS del artículo 620.2 del Código Penal y por una falta de HURTO del artículo 623.1 del mismo texto legal, y acusa como criminalmente
responsable en concepto de autor del artículo 28 del Código Penal, del delito y de las dos faltas Diego Ricardo; de la falta de hurto Manuel T, no constando
circunstancias modificativas de la responsabilidad, y solicitó se le impusiera
la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA DE SEIS MESES a razón de 200 pesetas
diarias por el delito. Por tanto, deben ser absueltos ambos acusados de la
falta de hurto.Se absuelve a los acusados DIEGO RICARDO y MANUEL de la falta
de hurto por la que vienen siendo acusados y absolvemos también al acusado
DIEGO RICARDO del delito contra la Administración de Justicia por el que es
acusado.
Voces
Falta de hurto
Antecedentes penales
Delito de obstrucción a la justicia
Responsabilidad
Falta de amenazas
Hurto
Arresto
Amenazas
Delitos contra la Administración de Justicia
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