Sentencia Penal Nº 30, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 25 de 21 de Marzo de 2000
Sentencia Penal Nº 30, Au...zo de 2000

Última revisión
21/03/2000

Sentencia Penal Nº 30, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 25 de 21 de Marzo de 2000

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Orden: Penal

Fecha: 21 de Marzo de 2000

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME

Nº de sentencia: 30

Nº de recurso: 25

Resumen
    Y así el Tribunal Constitucional ha venido a considerar que la declaración de la víctima del delito practicada normalmente en el juicio oral con las necesarias garantías procesales, tiene consideración de prueba testifical y como tal puede constituir válida prueba de cargo en la que pude basarse la convicción del Juez para la determinación de los hechos del caso (por todas, sentencias 229/91 y 64/94) e idéntico criterio ha seguido el Tribunal Supremo (sentencias de 11 de marzo de 1996, 25 de noviembre de 1997 ó 14 de enero de 1998).A partir de tal premisa y sobre la base de que los hechos que aparecen discutidos por la parte recurrente ("el denunciado, cogiendo del suelo una hoz les indicó que no saldrían vivos de allí" ), han sido afirmados en el juicio oral por los denunciantes Juan y Luis, así como por la Sra. …, que son contestes al corroborar aquel extremo fáctico de la sentencia de instancia y cuya declaración, por lo anteriormente expuesto, constituye medio probatorio hábil y legítimo para ser ponderado por el Juzgador de instancia, debe decaer la denuncia por error valorativo en la apreciación de la prueba, que es el único tema impugnatorio que introduce el escrito de formalización de la apelación.Se desestima el recurso.  

Voces

Amenazas

Declaración de la víctima

Responsabilidad penal

Prueba de cargo

Prueba de testigos

Presunción de inocencia

Medios de prueba

Valoración de la prueba