Última revisión
Sentencia Penal Nº 31, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 1047 de 29 de Mayo de 2001
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 29 de Mayo de 2001
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: GARCIA DE ANDOIN JORQUERA, BEGOÑA
Nº de sentencia: 31
Nº de recurso: 1047
Resumen
Dado que la sentencia recurrida declara como hecho
probado que el acusado incumplió la obligación de satisfacer el importe que,
como contribución a las cargas del matrimonio, se establecía en la sentencia de
fecha 14 septiembre 1994 recaída en los autos del juicio de separación, y no
teniendo la "contribución a las cargas del matrimonio", el mismo
contenido que "prestación económica en favor del cónyuge o de los
hijos", dejar de cumplir aquella obligación no sería constitutivo de delito.
Pues bien, la tesis de que la contribución a las cargas
del matrimonio no constituye una prestación económica en favor del cónyuge o de
los hijos, tal y como sostiene el recurrente, no puede ser compartida. Por otro
lado, con independencia de que si cambiaron sustancialmente las circunstancias
del acusado, éste debería haber solicitado la modificación de las medidas
adoptadas en la sentencia civil, lo que no hizo, tampoco ha quedado acreditado
que su capacidad económica estuviera mermada hasta el punto de impedirle hacer
frente a sus deberes paterno-filiales, puesto que como se recoge en la
declaración de hechos probados de la sentencia de instancia, el acusado estuvo
trabajando en dos empresas, salvo el período comprendido entre 8-2-96 y el
7-2-97 en que cobró la prestación por desempleo.
Voces
Delito de abandono de familia
Abandono de familia
Dolo
Arresto
Antecedentes penales
Tipo penal
Hecho delictivo
Punibilidad
Declaración de hechos probados
Temeridad
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