Última revisión
Sentencia Penal Nº 337, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 155 de 14 de Julio de 1999
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 14 de Julio de 1999
Tribunal: AP - Lugo
Ponente: MONTES SOMOZA, XOAN CARLOS
Nº de sentencia: 337
Nº de recurso: 155
Resumen
Se aceptan los que expresa la sentencia apelada, según la
cual en fecha 7 de mayo de 1.997, Mercedes fué atendida por un facultativo en
el Servicio Galego de Saude, siéndole diagnosticada una contusión con ligero
hematoma en dedos medio y anular de la mano izquierda, acudiendo al servicio de
urgencias del Hospital Comarcal de Monforte el día 19 de junio del mismo año,
siéndole diagnosticada una fractura resuelta de falange proximal del cuarto
dedo de la mano izquierda, con lesión tendinosa. La lesionada señala que tales
lesiones se las produjo el acusado Francisco, mayor de edad 7 sin antecedentes
penales el día 6 de Mayo de 1.997.
Considera la apelante que concurren unos hechos base,
que son prueba suficiente para desvirtuar la de inocencia del acusado; tales
hechos son la realidad de las lesiones sufridas por Mercedes Blanco, las de
esta víctima y la falsedad de las excusas alegadas por el acusado.
La jurisprudencia de dicho Tribunal ha considerado
también que el elemento más fundamental, para la valoración de dicha prueba
-declaración de la víctima- se halla en la inmediación, lo cual no obsta a que
pueda incurrirse en error en dicha valoración.
Que se confirma la sentencia apelada.
Voces
Delitos de lesiones
Antecedentes penales
Práctica de la prueba
Declaración de la víctima
Fuerza probatoria
Presunción de inocencia
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