Sentencia Penal Nº 35/98, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 4006/98 de 20 de Abril de 1998
Sentencia Penal Nº 35/98,...il de 1998

Última revisión
20/04/1998

Sentencia Penal Nº 35/98, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 4006/98 de 20 de Abril de 1998

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Orden: Penal

Fecha: 20 de Abril de 1998

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: SEOANE SPIEGELBERG, JOSE LUIS

Nº de sentencia: 35/98

Nº de recurso: 4006/98

Resumen
Contra la sentencia dictada, se alza el denunciado condenado, alegando no existe prueba de cargo bastante para proceder a su condena, recurso de apelación que ha de ser necesariamente acogido. Constituye reiterado pronunciamiento del Tribunal Supremo el que viene sosteniendo que la declaración de la víctima puede constituir prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción constitucional de inocencia, y en igual sentido la sentencia del Tribunal Constitucional. La valoración critica de dicho testimonio de cargo ha de efectuarse a través del ponderado análisis de las circunstancias siguientes: a) ausencia de incredibilidad subjetiva derivada de un movil espüreo, por ejemplo resentimiento o enemistad, a consecuencia de relaciones precedentes entre incriminados e incriminado; b) verosimilitud, en cuanto la misma se deduzca de corroboraciones periféricas y e) persistencia en la incriminación manifestada por su prolongación temporal, y por la ausencia de ambigüedades y contradicciones. Ahora bien aplicando la doctrina expuesta, al caso que nos ocupa, resulta que nos encontramos ante dos versiones contradictorias sobre los hechos procesales, pues el denunciado niega tajantemente haber sido el autor de los actos obscenos imputados, cuya realidad sostiene la denunciante. No existe ninguna corroboración periférica de los mismos, y las relaciones entre las partes son de patente enemistad. Debe pues dictarse sentencia absolutoria, con declaración de las costas de oficio. Se estima el recurso.

Voces

Prueba de cargo

Declaración de la víctima