Sentencia Penal Nº 362/2004, Audiencia Provincial de Malaga, Sección 3, Rec 123/... 08 de Junio de 2004
Sentencia Penal Nº 362/20...io de 2004

Última revisión
08/06/2004

Sentencia Penal Nº 362/2004, Audiencia Provincial de Malaga, Sección 3, Rec 123/2004 de 08 de Junio de 2004

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Orden: Penal

Fecha: 08 de Junio de 2004

Tribunal: AP - Malaga

Ponente: INFANTE CONDE, JOSE LUIS

Nº de sentencia: 362/2004

Nº de recurso: 123/2004

Núm. Cendoj: 29067370032004100415

Núm. Ecli: ES:APMA:2004:2722

Resumen
La Jurisprudencia viene exigiendo, como requisito subjetivo del delito de atentado, la presencia de un "animus" al que denomina "dolo específico", que puede manifestarse en forma directa, cuando el sujeto persigue realizar la acción en menoscabo del principio de autoridad, o en forma de lo que se llama "dolo de consecuencias necesarias" , cuando aún persiguiendo otras finalidades, el sujeto sabe y acepta que el principio de autoridad queda vulnerado a consecuencia de su actuación. Para la jurisprudencia el "dolo genérico" abarca la calidad del sujeto pasivo y la circunstancia de hallarse en el ejercicio de sus funciones de su cargo. El "dolo específico" o elemento subjetivo del injusto estriba en el ánimo de menosprecio , escarnecimiento o vilipendio del principio de autoridad o de la dignidad de la función pública y ello no en abstracto, sino hecho efectivo merced del acometimiento, empleo de fuerza, intimidación o resistencia grave contra las personas que en el caso concreto encarnan o exteriorizan el principio de autoridad.

Voces

Dolo

Dolo de segundo grado

Principio de presunción de inocencia

Intimidación

Empleo de la fuerza

Práctica de la prueba

Presunción de inocencia

Sentencia de condena