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Sentencia Penal Nº 38, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 1004/98 de 13 de Mayo de 1998
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 13 de Mayo de 1998
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME
Nº de sentencia: 38
Resumen
Debe partirse necesariamente de la consideración de que
las partes acusadoras vienen a formular una concreta acusación: delito
continuado de falsificación de documentos privados del art. 306 en relación con los núms. 1 y 2 del art. 302 del Código Penal. Conviene advertir que no es posible mantener la acusación en tales términos, en la medida en que, en el
vigente Código Penal ha venido a desaparecer la conducta que recogía el núm. 1
del art. 302 del Código Penal de 1973, es decir, la falsedad cometida contrahaciendo o fingiendo letra, firma o rúbrica'' (el art. 395 del Código Penal vigente remite a los tres primeros números del apartado 1 del art. 390, relativos a la
alteración y simulación de un documento y la suposición en un acto de
intervención de personas que no la han tenido o atribución a las que lo han
hecho de declaraciones o manifestaciones distintas).Y en sede de esa duda
razonable, es forzosa la aplicación del principio pro reo, tal y como realiza
la sentencia de instancia.
Se desestima el recurso.
Voces
Intervención del Ministerio Fiscal
Antecedentes penales
Falsedad de documento privado
Delito continuado de falsificación
Documento privado
Voluntad unilateral
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION PRIMERA
PONTEVEDRA 084937
APELACION PENAL
Rollo : 1004/98
P.ABREVIADO : 0366/96
PROCEDENCIA, JDO.PENAL l PONTEVEDRA
Presidente D. JAIME CARRERA IBARZABAL …
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