Sentencia Penal Nº 457, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 199 de 25 de Octubre de 1999
Sentencia Penal Nº 457, A...re de 1999

Sentencia Penal Nº 457, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 199 de 25 de Octubre de 1999

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Orden: Penal

Fecha: 25 de Octubre de 1999

Tribunal: AP - Lugo

Ponente: MONTES SOMOZA, XOAN CARLOS

Nº de sentencia: 457

Nº de recurso: 199

Resumen
  La Sala concurda con la sentencia de instancia en que los hechos narrados son constitutivos del delito de lesiones del artículo 147 del Códiqo Penal, si bien discrepa de la misma en cuanto a la aplicación al caso del subtipo agravado del artículo 148-1º de dicho texto. La prueba practicada no permite determinar, con la necesaria seguridad y firmeza, si las lesiones fueron ocasionadas en la forma que manifiesta el denunciante/lesionado -quien, sorprendentemente, no declaró en el acto de juicio al no haber sido propuesto como testigo por el fiscal ni por la defensa-, o en la forma que narra la acusada; según aquél, Susana estampó la copa en su cara; según ésta, intentó lanzarle su contenido a Enrique, rompiéndose la copa al levantar éste el  brazo y alcanzándole los trozos de cristal; uno de los testigos que acompañaba al denunciante en aquella ocasión, manifiesta que la acusada lanzo la copa a Enrique, lo cual no deja de suponer cierta contradicción con la manifestación de  éste de que se la rompió en la cara; por su parte, una testigo que acompañaba a la acusada hace un  relato de hechos que confirma la versión dada por ésta, tanto en lo que se refiere a la discusión y malos tratos mutuos en momento previo entre ambos implicados, como en lo que atañe a la rotura de la copa en el brazo de Enrique. Que se revoca parcialmente la sentencia apelada, debemos condenar y condenamos a Susana L autora de un delito de lesiones ya definido, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses multa, con una cuota diaria de 500 pts., En concepto de responsabilidad civil, la acusada habrá de indemnizar a Enrique Quintana en 48.000 pts por las lesiones y en 25.000 pts por la secuela, cantidades que se incrementarán de acuerdo con lo dispuesto en el art 921 de L.E.C..    

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Voces

Delitos de lesiones

Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal

Responsabilidad

Inhabilitación especial para el sufragio pasivo

Antecedentes penales

Práctica de la prueba

Malos tratos

Prueba pericial